La actividad de Solventa tu Deuda no se limita a la Ley de Segunda Oportunidad para particulares. También asesoramos a autónomos, micropymes y sociedades que atraviesan dificultades económicas: tramitamos concursos de acreedores, estudiamos alternativas de reestructuración empresarial y buscamos la salida jurídica más adecuada a cada situación de insolvencia.
Resumen rápido: Asesoramos a autónomos, micropymes y sociedades en situación de insolvencia.
- Retrasar el concurso puede hacer responder personalmente al administrador de la sociedad.
- El procedimiento para microempresas aplica a negocios con menos de 10 trabajadores.
- Puede servir para continuar la actividad o para liquidar de forma ordenada.
Qué podemos hacer por tu empresa
Analizamos cada caso para determinar qué vía puede resultar más adecuada:
- Negociar con los acreedores.
- Reestructurar la deuda.
- Mantener la actividad mediante un procedimiento de continuación.
- Cuando no exista alternativa viable, ordenar la liquidación en las mejores condiciones legalmente posibles.
Tener deudas no significa necesariamente que una empresa deba cerrar. Cuando el negocio sigue siendo viable, actuar a tiempo puede permitir proteger su continuidad, conservar el patrimonio empresarial en la medida legalmente posible y mantener la actividad económica.
La importancia de solicitar el concurso a tiempo
Cuando una empresa acumula deudas que ya no puede atender con regularidad, actuar a tiempo es fundamental. Retrasar las medidas puede agravar la insolvencia, aumentar el pasivo y reducir las posibilidades de mantener la actividad.
La ley obliga a solicitar el concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que se conoció, o se debió conocer, el estado de insolvencia. Si el administrador de la sociedad no cumple con ese deber, el concurso puede ser declarado culpable y el administrador puede llegar a responder personalmente de las deudas de la empresa.
Por eso, no conviene esperar a que la empresa acumule embargos, deje de pagar a proveedores o pierda toda posibilidad de continuar. Un análisis jurídico y económico temprano permite valorar las alternativas, estudiar una posible reestructuración y, cuando sea necesario, preparar la solicitud de concurso dentro del plazo legal.
Qué es el procedimiento especial para microempresas
El Texto Refundido de la Ley Concursal regula, en su Libro III (artículos 685 y siguientes), un procedimiento especial pensado para gestionar la insolvencia de pequeños negocios y autónomos, con una tramitación más ágil y adaptada a sus características.
¿Quién puede acogerse?
Empresarios o profesionales, personas físicas o jurídicas, que:
- Hayan tenido una media inferior a diez trabajadores durante el año anterior, y
- Cumplan al menos uno de estos requisitos económicos: volumen de negocio anual inferior a 700.000 euros o pasivo inferior a 350.000 euros.
Las dos vías del procedimiento
- Procedimiento de continuación: busca un acuerdo con los acreedores que permita reorganizar las obligaciones y mantener la actividad cuando resulta viable.
- Procedimiento de liquidación: se utiliza cuando la continuidad no es posible o adecuada. Puede tramitarse con o sin transmisión de la empresa en funcionamiento, lo que permite estudiar si el negocio o su unidad productiva pueden seguir bajo otra titularidad.
Además, cuando todavía hay margen antes de que la insolvencia sea irreversible, la normativa permite abrir negociaciones con los acreedores para intentar alcanzar una solución.
¿Y las deudas personales del empresario?
Si eres autónomo, o si como administrador has avalado personalmente las deudas de tu sociedad, después de resolver la situación de la empresa puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad. Mira el caso de un empresario que logró cancelar una deuda millonaria y lo que explicamos sobre avalistas y Segunda Oportunidad.
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