Ley de la segunda oportunidad

El plan de pagos en la Ley de Segunda Oportunidad

[vc_row][vc_column][vc_column_text]La Ley de Segunda Oportunidad te ofrece la oportunidad de exonerar todas tus deudas y tener la oportunidad de volver a emprender un futuro, sin las limitaciones económicas que sufrías hasta el momento.

Como es lógico, esta opción jurídica tiene varios elementos clave, que son determinantes para que los solicitantes cancelen sus deudas, parcial o totalmente.

Uno de estos elementos lo representa el plan de pagos, de vital importancia en el desarrollo óptimo de la Ley de Segunda Oportunidad.

Importancia del Plan de Pagos en la Ley de Segunda Oportunidad

El motivo de que sea tan importante es que del plan de pagos, recae en el hecho de que de su cumplimiento depende que la Ley de Segunda Oportunidad se mantenga definitiva o no.

Para entenderlo mejor, explicamos el proceso que lleva al plan de pagos:

Es importante cuando el juez aplica el denominado BEPI O Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho. Consiste en determinar si finalmente las deudas existentes son canceladas de forma definitiva o solo provisional.

Si se da este caso, la cancelación provisional, se establece un plan de pagos (máximo de 5 años), para una parte de las deudas y, el resto, quedan exoneradas.

¿Qué ocurre cuando el Plan de pagos es aprobado?

Cuando el plan de pagos se aprueba, las otras deudas no se pueden reclamar por el acreedor. Sin embargo, es aquí donde el cumplimiento del plan es imprescindible.

Si el deudor cumple y el plan de pagos es satisfecho en todos sus plazos, las deudas exoneradas no pueden ser reclamadas nunca en el futuro, han sido canceladas de forma definitiva.

Sin embargo, si el plan de pagos, una vez aprobado, llega un momento en el que se incumple, se revoca el BEPI. El acreedor puede tanto solicitar esos pagos, como también quitar el veto a las deudas exoneradas, que pasan de nuevo a estar vigentes.

Por tanto, queda claro que cuando estamos ante un caso de Ley de Segunda Oportunidad y el BEPI se plantea como una solución de mutuo acuerdo entre ambas partes, cumplir el plan de pagos es un requisito indispensable para que toda la negociación llegue hasta el final sin incidentes.

En cualquier caso, es importante tener claro que el cumplimiento del plan de pagos no es el único requisito para que el BEPI se mantenga firme hasta el final.

Es posible que sea revocado si, por ejemplo, se evidencia la existencia de patrimonio oculto que tuviera el deudor o que una mejora importante de su situación económica, permitiera asumir sin inconvenientes estas deudas.

Pese a todo, el incumplimiento del plan de pagos no tiene por qué significar una revocación directa e inamovible de las deudas. Es responsabilidad del abogado del deudor, plantear que todas las deudas sean definitivamente exoneradas. Sin embargo, además de ser muy complejo conseguirlo, también es importante un historial intachable hasta esa fecha por parte del deudor.

Esto evidencia la importancia que tiene que en todas las fases de la Ley de Segunda Oportunidad, profesionales especialistas en este ámbito jurídico te asesoren y ayuden, para afrontar de forma correcta todo el proceso.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

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