Ley de la segunda oportunidad

Cómo quitar una deuda con la Seguridad Social

[vc_row][vc_column][vc_column_text]Las deudas con la Seguridad Social se contraen cuando no se afrontan los pagos correspondientes a las cotizaciones correspondientes.

Estas deudas suman un recargo conforme pasa el tiempo sin ser resueltas por parte del deudor, cada vez de mayor cantidad:

  • Al cabo de un mes de retraso en el pago de la cuota, se suma el 3% del importe debido.
  • Al cabo de dos meses, sube el interés al 5% del importe total.
  • Al cabo de 3 meses el incremento es hasta el 10% del importe total.
  • A partir de más de 3 meses, el incremento es del 20% respecto al importe adeudado.

La Ley de Segunda Oportunidad se ha planteado desde hace un tiempo como la solución respecto a estas y otras deudas de particulares y empresarios. Sin embargo, una última publicación en el BOE al respecto, contradice la sentencia del Tribunal Supremo que así lo permitía.

Según la actual normativa vigente, la exoneración de deudas ya no incluirá los créditos de derecho público, por lo que es importante saber cómo quitarse las deudas con la Seguridad Social y qué opciones tenemos, al menos hasta que la legislación vuelva a cambiarse.

¿Cuándo prescribe una deuda con la Seguridad Social?

La prescripción es una posibilidad. Las deudas con respecto a la seguridad social prescriben a los 4 años desde que finaliza el plazo para el ingreso.

Esto significa que, pasado este tiempo, la administración pública no podrá reclamar, ni exigir, ni imponer sanciones con respecto a la deuda que se contrajo.

¿Cuándo prescribe una deuda con la Seguridad Social de autónomos?

Para un autónomo profesional, el periodo de 4 años de prescripción se mantiene. Por tanto, al transcurrir este tiempo ya no es posible que la administración pública exija la devolución del pago.

Sin embargo, para este perfil profesional hay un inconveniente y es que, pasado este tiempo, tampoco va a poder realizar acciones derivadas, como por ejemplo, solicitar que se le devuelvan los ingresos indebidos.

Soluciones para casos de larga duración

Por descontado, aparte de la prescripción de la deuda, existe la posibilidad de afrontarla con soluciones de pago a largo plazo.

Una de las más frecuentes es la negociación de un fraccionamiento de la deuda que se posee con la Seguridad Social. Esta solución permite redistribuir la devolución de la deuda en plazos fraccionados que llegan hasta 5 años de duración.

Por otra parte, también está la solución del aplazamiento con respecto al pago, negociando con ello una nueva fecha para la devolución de la deuda.

Estas soluciones tienen una ventaja adicional y es que el deudor deja de ser calificado como moroso, pues no quedará reflejado como un impago.

No obstante, hay que tener en cuenta que hay determinadas cuotas que no es posible aplazar o fraccionar. Son aquellas cuotas que cubren accidentes laborales, así como enfermedades y las deudas a la Seguridad Social que tenga un empresario con trabajadores a su cargo.

En la actualidad, además, hay otras soluciones disponibles que sirven para facilitar que los deudores paguen estas deudas con la Seguridad Social como el pago online o por tarjeta de crédito o débito.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

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